Todas las empresas disponen de un crédito anual para poder formar a sus trabajadores. El crédito disponible para cada empresa variará en función de las cotizaciones que haya realizado durante el ejercicio anterior, relativas a la contingencia por formación profesional y el volumen de plantilla que tuviese.
Los costes de esta formación se bonifican a través de las cuotas a la Seguridad Social.
El equipo de Alphabet hará que saques provecho del crédito que tienes y que tu empresa salga beneficiada.
Si estás interesado en solicitar financiación para alguno de nuestros cursos, debes saber que las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada dicha formación (ORDEN TAS/2307/2007).
Ser trabajador en activo y estar acogido al Régimen General de la Seguridad Social.
Sí, siempre que la empresa tenga centros de trabajo en el territorio español y que sus trabajadores coticen por la contingencia de Formación Profesional en España.
La formación presencial se caracteriza por la coincidencia en tiempo y espacio entre, al menos, un formador y los participantes. Esta modalidad permite la interacción directa y continua en el proceso de enseñanza y aprendizaje, tanto entre el formador y el participante como entre el conjunto de participantes.
La formación a distancia deberá realizarse con soportes didácticos que permitan un proceso de aprendizaje sistematizado para el participante, que necesariamente será complementado con asistencia tutorial. No requiere la coincidencia en el espacio, ni tampoco en el tiempo, del formador y los participantes, ni de todos los alumnos en el centro gestor de la formación.
Sí. La formación bonificada puede ser online.
Para ello es importante disponer de un registro de actividad o de seguimiento, con los tiempos de conexión (posibilidad de verificar el % conexión/total horas), trazabilidad participante (navegación secuencial), controles de aprendizaje, asistencia tutorial (interacción participante – tutor), y uso de comunicación como foro y chat, mensajería interna, o visualización de usuarios en línea. Los contenidos deben ser interactivos, disponibles en su totalidad a través de la plataforma, con apoyo audiovisual.
Todas las formaciones son y deben ser gratuitas para el trabajador si la empresa recibe una bonificación por la misma.
Hay dos realidades sobre las que se calculará este dato, la primera de ellas se refiere al importe cotizado por parte de la empresa el año anterior en concepto de formación. Este dato dictaminará el máximo al que la empresa puede acceder en bonificación.
La segunda realidad viene expresada por el porcentaje que la empresa puede disfrutar en formación este año con respecto a lo cotizado el año anterior y dependerá del número de empleados que la empresa tenga:
Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional, independientemente de su tamaño y fecha de creación, disponen de un crédito para formación mínimo de 420 euros.
Todas las empresas que cumplan las siguientes condiciones:
Una vez se ha decidido la formación que se va a impartir, así como los días, horas y el lugar en el que va a tener lugar, lo siguiente es comunicárselo a Fundae, el órgano público encargado de organizar y gestionar el sistema de formación profesional para el empleo.
En este sentido, las empresas deben avisar sobre el inicio de la formación a la Fundación Estatal o Fundación Tripartita, con al menos 2 días de antelación. Si no se hace de esta forma, el curso no se podrá bonificar.
Para cumplir con este trámite, hay que darse de alta en la aplicación telemática de Fundae, o bien, contratar a una entidad externa para que se ocupe de todos estos trámites de planificación y gestión.